Le informarmos de las novedades normativas que afectarán próximamente a la forma de emitir facturas, en relación con el sistema VERI*FACTU, ya que quedan pocos meses para que empiece a aplicarse forma obligatoria a todas las empresas y profesionales

1. ¿Qué es VERI*FACTU?

El sistema VERI*FACTU, regulado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre establece que aquellos empresarios o profesionales obligados a emitir facturas (sean facturas simplificadas –antigüos tickets- o facturas completas) y utilicen sistemas informáticos, a partir de las fecha que se indican más abajo, deberá contar con SIF (sistema informático de facturación) certificado  que pueda generar  facturas que:

    • Incluyan un código QR y la leyenda “Veri*Factu”.

    • Generen registros que no puedan modificarse, garantizando su integridad y trazabilidad.

    • Puedan enviar automáticamente los datos de facturación a la AEAT o, en su defecto, conservarlos de forma segura para su puesta a disposición en caso de requerimiento.

2. ¿Cuándo entra en vigor?:

    • 1 de enero de 2026: obligatoriopara las sociedades mercantiles

    • 1 de julio de 2026: la obligación se extiende a empresarios autónomos y resto de profesionales.

3. ¿Quién está obligado a VERI*FACTU?

Están obligados:

    • Todos los empresarios y profesionales, personas físicas o jurídicas, que desarrollen actividades económicas en España y estén sujetos al IRPF, Impuesto sobre Sociedades o al Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente, salvo algunas excepciones, entre otras citar: que las facturas se expidan manuscritas (a mano); comerciantes al pormenor en módulos, que no tienen normalmente obligación de emitir   facturas, salvo que se las pidan, en cuyo caso deberá expedirla a mano o bien contar con un SIF certificado que se ajuste al Reglamento  Veri*factu;  o quienes están acogidos al sistema SII.

    • No será posible emitir facturas en Excel una vez entre en vigor la obligación.

4. Modalidades de VERI*FACTU

    • La norma exige que las facturas se generen con un sistema informático adaptado que garantice trazabilidad, inalterabilidad y, en su caso, envío automático a la AEAT.

    • No obstante, se puede optar por no enviar los registros en tiempo real y esperar a que la AEAT le requiera para ello, pero  el software deberá generar ficheros firmados digitalmente y conservarlos para Hacienda.

5. Recomendación práctica

Le aconsejamos comprobar si su software de facturación está preparado para cumplir con estos requisitos o, en su caso, planificar el cambio con la debida antelación. De esta manera, podrá adaptarse sin incidencias y garantizar el cumplimiento de la normativa en los plazos previstos

Tenga en cuenta que cualquier empresa o autónomo que emita tickets (facturas simplificadas) a través de programas informáticos (caso de farmacias, bares, peluquerías, comercios que no estén acogidos a módulos, etc.) deberán también asegurarse que dichos programas están adaptados a Veri*factu.

 

 

 

Comparte la publicación: